A partir del 12 de mayo de 2019, todas las empresas tendrán la obligación de realizar un registro de la jornada de trabajo de su plantilla. Este registro afecta a todos los trabajadores, independientemente de si su jornada es parcial o completa, de si trabajan en remoto o si tienen movilidad.

Claves del registro de la jornada de trabajo

Por ello os indicamos los puntos a tener en cuenta para llevar a cabo el registro de la jornada correctamente y cumplir con la legislación.

  • El registro de la jornada ha de ser diario.
  • Dicho control tiene que incluir el horario concreto de inicio y fin de la jornada. Eso sí, sin perjudicar por ello la flexibilidad horaria.
  • El registro tiene que estar organizado y documentado mediante la negociación colectiva o acuerdo de empresa. En su defecto, puedes realizar el registro como condieres, siempre que hayas consultado previamente con los representantes legales de los trabajadores.
  • Estás obligado a conservar dichos registros durante cuatro años. Y a tenerlos a disposición de los trabajadores, representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social durante ese mismo periodo.

Ten en cuenta que a partir de la entrada en vigor de esta nueva normativa se considera infracción grave no llevar un control horario de las jornadas de trabajo y puedes ser sancionado con una multa de 626 euros a 6.250 euros.

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