Los corredores de seguros llevan tiempo denunciando la mala praxis de algunas entidades bancarias que, en determinadas situaciones, han obligado a los consumidores a contratar seguros para acceder a sus servicios financieros. La Ley es muy clara al respecto y prohíbe vincular las operaciones de financiación a la contratación de un seguro. En las excepciones que contempla la propia ley, la entidad financiera debe permitir que el cliente elija con qué empresa quiere contratarlo, sin que por eso empeoren las condiciones del producto o servicio bancario que están ofreciendo.
El consumidor debe ser libre para contratar el seguro que prefiera con la empresa que decida y tiene derecho a contar con la opinión de un profesional que le asesore sin imponerle un producto u otro. Por eso, las organizaciones de todo el sector quieren poner en valor la labor y experiencia del corredor a la hora de aconsejar a los consumidores sobre cuál es la manera más ventajosa de proceder según sus intereses.
Además del derecho a ser asesorado de forma veraz y eficiente, el consumidor puede anular una póliza de seguros con total libertad o efectuar reclamaciones y quejas ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. En caso de tener dudas, lo mejor es acudir siempre a un profesional.
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