Debido a la pandemia muldial Covid 19 ha sido muchos los trabajadores que se han visto afectados por un Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE), uno de los mecanismos utilizados para paliar los efectos económicos que ha causado a las empresas el cierre de las mismas o la disminución de la actividad.
Si es tu caso, debes tener en cuenta que, al haber estado incurso en un ERTE, has tenido mínimo dos pagadores:
- La empresa, por el cobro de las nóminas.
- El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), por el cobro de la prestación
Debido a esta situación, estás obligado a hacer la declaración de la renta del año 2020.Además, como en la prestación por parte del SEPE no se realiza descuento de IRPF, es posible que en la renta te salga a pagar.
Para evitar esta situación, es recomendable que, una vez se reinicie la actividad y salgas del ERTE solicites a la empresa que:
- Te calcule el IRPF como si hubieras estado todo el año trabajando sin ERTE,
o bien. - Te establezca un IRPF superior al que calculen cuando regularicen el IRPF de
estos meses.
Si tienes alguna duda, ponte en contacto con nosotros.
Red Ce
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